Fecha:
Marzo 2026
Autores:
María Laura Rodríguez
Se presenta el caso de una paciente primigesta, cursando un embarazo de 38 semanas de gestación, sin antecedentes de relevancia. Acude a la consulta para realizar una ecografía obstétrica con Doppler obstétrico. Refiere que, de mantenerse condiciones obstétricas favorables, se planificará un parto domiciliario. Hallazgos ecográficos: ? Feto único vivo, en presentación cefálica. ? Biometría acorde a la edad gestacional. ? Líquido amniótico dentro de parámetros normales. ? Placenta normoinserta. ? Doppler obstétrico dentro de rangos normales en todos los trayectos estudiados. A nivel del cuello fetal se observa las siguientes imágenes: Ante este hallazgo ecográfico usted: A) Interpreta doble circular de cordón y no la describe en el informe, ya que su presencia antenatal no modifica la conducta obstétrica ni predice por sí sola resultados adversos. B) Describe la doble circular de cordón umbilical como hallazgo ecográfico objetivo, especificando método diagnóstico, sin emitir recomendaciones obstétricas adicionales. C) Describe el hallazgo como circular de cordón múltiple e indica en el informe sugerencia de finalización institucional del embarazo debido al potencial riesgo intraparto.
La circular de cordón umbilical es un hallazgo frecuente en la práctica obstétrica. Su prevalencia al nacimiento oscila entre 20–30%, mientras que las circulares dobles se describen en aproximadamente 2–5% de los casos. En la mayoría de las situaciones, constituyen un fenómeno anatómico sin repercusión clínica significativa.
La evidencia científica disponible demuestra que, si bien la circular múltiple definida como tres o más circulares de cordón, puede asociarse a mayor incidencia de desaceleraciones variables intraparto y al aumento en la tasa de cesárea por sospecha de compromiso fetal, no se ha demostrado de manera consistente una asociación independiente con acidosis neonatal severa, apgar persistentemente bajo o aumento de mortalidad perinatal en embarazos de bajo riesgo.
El diagnóstico ecográfico antenatal, especialmente en el tercer trimestre y confirmado con doppler color, tiene adecuada sensibilidad para identificar circulares de cordón. Sin embargo, su valor predictivo para eventos adversos severos es bajo cuando se trata de un hallazgo aislado con doppler obstétrico normal y adecuado perfil biofísico.
Si bien las guías internacionales no recomiendan la búsqueda sistemática ni la intervención basada exclusivamente en circular de cordón, cuando esta es claramente identificable y documentable, su consignación en el informe resulta consistente con los principios generales de buena práctica. En este contexto, el rol del ecografista debe ser claro, el informe debe ser descriptivo, objetivo y técnicamente preciso.
La identificación de una doble circular confirmada en planos ortogonales y con doppler color, constituye un hallazgo documentable y reproducible, y por lo tanto, debe consignarse en el informe. No obstante, la evidencia científica actual no respalda la emisión de recomendaciones obstétricas intervencionistas basadas exclusivamente en este hallazgo.
La responsabilidad del ecografista radica en documentar con rigor, sin sobredimensionar un fenómeno cuya relevancia clínica, en ausencia de otros factores de riesgo, es limitada.
Es importante destacar que el ecografista no debe extrapolar su rol hacia la indicación de vía de finalización ni emitir recomendaciones alarmistas en ausencia de evidencia que las sustente.
Particularmente en contextos de parto planificado fuera de institución, la correcta documentación adquiere mayor relevancia, no porque el hallazgo cambie la conducta per se, sino porque requiere una mayor vigilancia fetal intraparto.
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